COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. está comprometida con el cumplimiento de los requisitos legales aplicables a las sus servicios de la vigilancia y seguridad privada y los requerimientos de nuestros clientes, ofreciendo un servicio integral en el contexto local y nacional, a través de una imagen corporativa sólida, que se caracteriza por su transparencia, lealtad, honestidad, ética, moral, compromiso y responsabilidad, apoyada en un talento humano altamente confiable y competente acorde con las exigencias del mercado, para contribuir a la tranquilidad y confianza de los asociados de negocio (Clientes, Contratistas y Proveedores) y demás Partes Interesadas.

Estamos comprometidos con el mejoramiento continuo en temas de Calidad, BASC, SST y medioambiente, de tal forma que se identifique los riesgos y oportunidades como producto de los servicios de la organización y en nuestros clientes, con el fin de que se puedan alcanzar los resultados previstos, prevenir y reducir los efectos no deseados y lograr la mejora continua. Evitando así actividades ilícitas, tales como, el lavado de activos, la financiación del terrorismo, el soborno, la corrupción, el hurto y robo de bienes, entre otros.

De igual forma estamos comprometidos con la protección y la seguridad y salud de nuestros colaboradores con el compromiso de eliminar los peligros y reducir los riesgos para prevenir lesiones, deterioro de la salud y accidentes relacionados con el trabajo, así como la protección del medioambiente y la prevención de su contaminación. Así mismo garantizando el bienestar, la consulta y participación de los colaboradores lo que contribuye a la seguridad y competitividad de nuestros asociados de negocio, generando cultura de prevención y permitiendo que nuestros clientes desarrollen sus actividades empresariales de forma segura.

Con base en esta política integral se establece un marco de referencia para definir los objetivos del Sistema Integrado de Gestión sobre de Calidad, BASC, SST y medioambiente.

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

1. OBJETIVO

Establecer la política de tratamiento de la información y protección de datos personales de todos nuestros CLIENTES, PROVEEDORES, ASOCIADOS DE NEGOCIO, TRABAJADORES Y CONTRATISTAS, garantizando el derecho que tienen para conocer, actualizar y rectificar la información que repose en las Bases de Datos de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., de acuerdo con lo establecido en la ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.

2. ALCANCE

Esta política de tratamiento de datos, aplica a todos los trabajadores de todos los niveles de la Empresa, a clientes, proveedores, contratistas y asociados de negocio con los que COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., establezca alguna relación laboral o comercial. De igual forma aplica a todas las Bases de datos y archivos de información personal que estén en poder de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. y que estén dentro del marco contextual de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.

3. DEFINICIONES

Las definiciones establecidas en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, aplican para la presente política.

4. TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN PERSONAL

Además del tratamiento de la información establecida en la Política de privacidad de la información, se establecen los siguientes ítems de tratamiento de la información personal:

Administración de transacciones e información de clientes y proveedores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA..

Información adicional que beneficie y optimice la operación y entrega de productos y servicios.

Almacenar información asociada a solicitudes de productos y servicios que como cliente se considere importante conocer para reafirmar la relación comercial.

Atender solicitudes, quejas o reclamos.

Envío de comunicaciones relacionadas con las actividades comerciales de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.., tales como servicios, productos, ofertas, novedades, invitaciones a eventos, ofertas de empleo y/o encuestas sobre nuestros productos o servicios.

Manipulación de los datos de uso de productos y servicios con fines estadísticos, mercadeo o análisis de datos con fines de oferta y demanda relacionados a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA..

Otras actividades relacionadas con el objeto social que necesariamente deben utilizar la información personal.

DERECHOS AL TITULAR

El empleado, cliente, proveedor o asociado de negocio, puede ejercer frente a la información que actualmente reposa en las bases de datos de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., los siguientes derechos:

Conocer, actualizar, rectificar y autorizar el manejo de datos personales frente a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. Este derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado.

Solicitar prueba de la autorización otorgada a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.

Salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento.

Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente Ley y las demás normas que la modifiquen, adicionen o complementen.

Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el tratamiento de la información se ha incurrido en conductas contrarias a la Ley y a la Constitución.

Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.

OBLIGACIONES.

1. Obligaciones de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.:

Inscripción ante la Superintendencia de Industria y Comercio, las bases de datos que maneje la Compañía de acuerdo a los requisitos legales.

Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de Hábeas Data.

Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la Ley 1581 de 2012, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular.

Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada.

Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.

Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información se mantenga exacta y confiable.

Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento.

Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente Ley.

Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular.

Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentre en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo.

Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos.

Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

2. Deberes de los administradores de las bases de datos designados para el tratamiento de la información por COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.:

Garantizar al Titular, en todo tiempo el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data.

Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

Realizar oportunamente la actualización, rectificación o supresión de los datos en los términos de la presente Ley.

Actualizar la información reportada por los Responsables del Tratamiento.

Tramitar las consultas y los reclamos formulados por los titulares en los términos señalados en la presente Ley.

Insertar en la base de datos la leyenda "información en discusión judicial" una vez notificado por parte de la autoridad competente sobre procesos judiciales relacionados con la calidad del dato personal.

Abstenerse de circular información que esté siendo controvertida por el Titular y cuyo bloqueo haya sido ordenado por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Permitir el acceso a la información únicamente a las personas que pueden tener acceso a ella, previo acuerdo de confidencialidad.

Informar a la Superintendencia de Industria y Comercio cuando se les presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.

El área responsable de la atención de peticiones, consultas y reclamos ante la cual el titular de la información puede ejercer sus derechos a conocer, actualizar, rectificar y suprimir el dato y revocar la autorización es la Dirección Administrativa y Financiera a través del correos electrónico: contacto@compasecurity.com radicado en la dirección de domicilio: Calle 3 Sur Nro. 13C – 25 Barrio Villa Carola de la ciudad de Florencia, Caquetá - Colombia. COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.

AUTORIZACIÓN

Al aceptar la presente Política, El USUARIO autoriza, de manera voluntaria, expresa e informada a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., para recolectar, registrar y procesar todos los datos e información que el USUARIO de forma voluntaria suministre en el momento del registro. Con base en lo anterior, COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., y demás personas o sociedades con quien ésta contrate tales actividades, mediante el envío de e-mail, mensaje de texto (SMS y/o MMS) o a través de cualquier medio análogo y/o digital de comunicación, conocido o por conocer, podrá reproducir, traducir, adaptar, extraer o compendiar los datos o la información suministrada, así como disponer de los datos o la información a título oneroso o gratuito de acuerdo y bajo los términos de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.

VIGENCIA

La presente política está vigente desde el 12 de Julio de 2018

POLÍTICA DE SEGURIDAD INFORMATICA

Para garantizar un adecuado manejo de la seguridad informática de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., se han establecido las siguientes directrices:

1. Seguridad sobre la asignación y el uso de los recursos

Los equipos de cómputo y manejo de seguridad informática, que están asignados a empleados de la Empresa, están configurados con una contraseña de ingreso, con la cual el usuario debe ingresar.

El personal debe hacer uso adecuado de los recursos informáticos (PC, impresoras, programas, correo, etc.) y el personal de sistemas debe asegurar que se cumpla esta política. Además, todo el personal deberá informar a sistemas o funcionario asignado, sobre cualquier falla, desperfecto o mal uso del equipo de cómputo, para su adecuado seguimiento.

Todo el personal tendrá una cuenta de correo electrónico interno, que les permite recibir y enviar información indispensable para sus actividades. Estas cuentas de correo, sólo son para uso interno y externo de la Organización.

El uso de internet queda reservado solo para las actividades de trabajo que así lo requieran. En general se restringe el acceso mediante el uso de contraseña en el administrador de contenidos de Internet Explorer. Únicamente se da acceso a las páginas que por las actividades que desarrolla la Empresa se deben consultar.

2. Sobre la seguridad de la información

Semanalmente se realizan Back-Ups de la información de la Empresa que se maneja en medio electrónico.

Los equipos deberán contar con salvapantallas protegido por contraseña con un tiempo de espera de 1 minuto para evitar accesos no autorizados.

Todos los accesos a los programas principales estarán protegidos mediante un mecanismo de usuario y contraseña así como permisos de acceso. De igual forma, las sesiones de Windows personales estarán protegidas con contraseña.

Los usuarios deberán abstenerse de divulgar o compartir sus datos de acceso a los programas y sesiones de Windows.

El responsable del sistema de información designará periódicamente nuevas contraseñas tanto para el acceso a las sesiones Windows como para el acceso a los programas.

A todos los equipos se les realizará una revisión de virus por lo menos cada mes, que incluye las siguientes actividades:

Actualizar su base de firmas de virus (actualización de la lista de amenazas)

Búsqueda de virus (análisis del equipo)

Eliminación de virus si fue detectado.

Para el uso de USB, discos, programas, es responsabilidad del usuario hacer uso del antivirus antes de copiar o ejecutar archivos para que los equipos no sean infectados. Además los usuarios pueden pedir apoyo al departamento de sistemas para el uso de antivirus.

3. Sobre el mantenimiento y buen uso de la infraestructura

Una vez al año se realizara una revisión a los equipos para detectar desperfectos y dar así mantenimiento. Periódicamente se realizará una limpieza física a toda la infraestructura del equipo de cómputo por parte del personal de sistemas.

Toda actividad elaborada por el equipo de sistemas o funcionario asignado, debe estar debidamente documentada para efectos de trazabilidad de las actividades realizadas.

4. Sobre las medidas disciplinarias, a los infractores del sistema de seguridad de tecnología de la información.

En caso de detectarse y comprobarse uso mal intencionado del sistema de seguridad de tecnología de la información por parte de los empleados, la Empresa aplicará las medidas sancionatorias necesarias, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de administración de personal, el reglamento interno de trabajo, el procedimiento de Seguridad informática y demás normatividad legal vigente.

AUTORIZACIÓN PARA TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Y VISITA DOMICILIARIA

Yo __________________________________________, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No. _________________ de ___________________, actuando como titular de mis datos personales AUTORIZO de manera previa, expresa e informada, a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.. NIT 901375446-9, empresa ubicada en la Calle 3 Sur Nro. 13C – 25 Barrio Villa Carola de la ciudad de Florencia, Caquetá, teléfono 310 8576122 y página web www.compasecurity.com, en su calidad de RESPONSABLE; para que los datos personales contenidos en mi hoja de vida y aquellos que con posterioridad pueda suministrar, sean tratados en los términos de la Ley 1581 de 2012 y Decretos 1377 de 2013 y 1443 de 2014, con las finalidades que a continuación se señalan para cumplir con los siguientes propósitos:

Almacenar y evaluar, datos personales concernientes a mi salud, únicamente con la finalidad establecida en el numeral 4 del artículo 12 del decreto 1443 de 2014
Obtener, procesar, almacenar y utilizar impresiones dactilares, con fines de identificación y acceso a las instalaciones de la empresa
Obtener, procesar, almacenar y utilizar imágenes en fotografía y/o vídeo, con fines de control dentro de las instalaciones de la empresa
Obtener, analizar, evaluar y transmitir datos personales eventualmente existentes en las bases de datos de antecedentes penales
Analizar y contrastar los datos personales contra el perfil y las habilidades requeridas.
Validar los datos con las referencias aportadas.
Validar los datos frente a las bases de datos públicas.
Validar los datos frente a las bases de datos financieras, comerciales, crediticias y centrales de riesgos.
Compartir los datos con las personas que realicen cada una de las actividades previstas, dentro de la empresa, únicamente para las finalidades estipuladas en la presente autorización.
Reportar los datos a las centrales de riesgos financieras, comerciales y/o crediticias cuando a ello haya lugar.
Reportar los datos a las autoridades judiciales, policiales o administrativas cuando exista una norma u orden legal que así lo decrete.
Transmitir los datos o compartirlos con quien presente autorización válida.
Transferir los datos a particulares cuando exista la autorización respectiva.
Transferir los datos a las autoridades judiciales, policiales o administrativas, cuando existan fundamentos u órdenes legales.
Guardar los datos por el tiempo que dure la relación y diez años más, prorrogables de manera automática, para referenciación laboral y/o asuntos referentes a la seguridad social.
Destruir o suprimir la información cuando exista orden personal del titular o de autoridad judicial o administrativa competente; la orden o facultad de destrucción o supresión está sujeta a las normas legales aplicables en cada caso.
Autorizar la Visita domiciliaria y la verificación de datos personales, familiares y de domicilio.


____________________________
FIRMA DE QUIEN AUTORIZA
CC.




POLÍTICA PREVENCIÓN EN EL CONSUMO DE ALCOHOL, SUSTANCIAS PSICOACTIVAS, TABAQUISMO Y OTRAS ADICCIONES

COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., con el fin de proteger la salud y bienestar de sus colaboradores, conservar un ambiente de trabajo sano, promover hábitos de vida saludable, prevenir e informar a los trabajadores acerca de los efectos negativos que genera el consumo de alcohol, drogas, tabaco, sustancias psicoactivas, juegos y otras adicciones, y mantener un nivel de seguridad en sus áreas de trabajo, teniendo en cuenta el marco constitucional, legal y las políticas internas de la Organización, ha decido:

Prohibir el consumo de cigarrillo, alcohol y sustancias psicoactivas en los sitios y áreas de operación de la Empresa (áreas de oficina, conjuntos residenciales, centros comerciales, bodegas, empresas, vehículos o medios de transporte de propiedad de la Empresa y demás sitios donde la Empresa preste los servicios de vigilancia autorizados), a empleados, contratistas, clientes, proveedores y visitantes.

Divulgar entre los colaboradores de la empresa las lesiones, daño y efecto nocivo que el consumo del tabaco produce en la salud de los fumadores activos y pasivos, así como el consumo de alcohol, sustancias psicoactivas y la automedicación.

Propender por la activa participación en todos los niveles de la empresa en la prevención del consumo de alcohol, tabaco, sustancias psicoactivas, juegos y otros productos que generen adicción.

Prohibir a los empleados que se presenten a la Empresa y /o sitios de trabajo donde esta preste los servicios de vigilancia privada, a laborar en estado de embriaguez, bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas.

Prohibir la posesión, consumo y venta de alcohol, cigarrillos y sustancias psicoactivas durante la jornada de trabajo en las instalaciones de la empresa y/o sitios donde esta preste los servicios de vigilancia privada, a empleados, contratistas, clientes, proveedores y visitantes.

La Organización considera falta grave que el personal se presente en la empresa bajo efectos de alcohol o drogas, por lo cual adopta las medidas disciplinarias correspondientes de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno de trabajo.

Es responsabilidad de todos los trabajadores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., cumplir con esta política. Comuníquese y cúmplase a los 5 días del mes de enero del año 2021.

CODIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

INTRODUCCIÓN

En el sector empresarial, está comprobado que de nada sirve la capacidad técnica, administrativa, financiera de un ser humano si carece de principios morales o de una formación ética. Por lo tanto, gran reto para las empresas, es velar, cimentar y promover por el cumplimiento de los deberes éticos a través del Código de Ética y Conducta de la Empresa, como forma de autorregulación que genera un clima de negocios seguro y estable.

Por el sencillo hecho de adoptar prácticas responsables, las empresas se tornan más atractivas para posibles socios comerciales e inversores y al mismo tiempo, apoyan los esfuerzos del Gobierno para crear sociedades estables y libres, aspecto que incide en que en el actuar de las personas que laboran en la Empresa, y en particular sobre sus decisiones con relación al trabajo, es decir, que el Código de Ética y Conducta trasciende sobre su forma de vida y su cotidianidad, creando así personas más conscientes respetables y ganadoras.

En este sentido las empresas que han implementado Programas de Ética Empresarial en sus negocios, se han dado cuenta de que mejoran en aspectos, tales como:

Reputación y la plusvalía.

Reducen riesgos y costos.

Aseguran y protegen a su personal, de agentes desleales.

Tienen posiciones competitivas más fuertes.

Se expande su acceso al capital, al crédito y a la inversión extranjera.

Incrementan las ganancias.

Generan crecimiento sostenido a largo plazo.

Crean un clima de excelencia para sus empleados, accionistas y comunidades, y contribuyen al bienestar económico del país

Por lo tanto, COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., consciente de las responsabilidades que tiene frente a la sociedad y al país, se ha comprometido en liderar en forma permanente una política seria y transparente, guiada por principios de rectitud y honestidad, enfocada en contribuir al desarrollo económico de Colombia bajo un estricto respeto por la ley.

Por ello, mediante el presente Código de Ética y Conducta enuncia los principios y normas de conducta que buscan guiar la actitud y el comportamiento de los directivos, funcionarios y colaboradores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., de tal forma que puedan mantener unas excelentes relaciones, con el personal y contribuir simultáneamente al desarrollo personal de los empleados, al crecimiento de la Empresa y el fortalecimiento del Sector de SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA. .

1. DESTINATARIOS DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA

Este Código de Ética y Conducta se aplica a todos los directivos, funcionarios y colaboradores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA..

2. VALORES CORPORATIVOS

La actuación de las personas sometidas a este código está íntimamente ligada con la confianza depositada en ellas y por lo tanto deberá enmarcarse dentro de los siguientes principios:

Honestidad: Implica rectitud en el pensar y actuar, desde el punto de vista personal y laboral.

Integridad: Actitud y comportamiento coherente entre lo que se piensa, se dice y se actúa.

Confidencialidad: Responde a la confianza depositada y a la prudencia de la información.

Responsabilidad: Es la virtud que permite enfrentar y rendir cuenta de todos los actos, asumiendo las consecuencias de ellos.

Sentido de pertenencia: Compromiso con las políticas, principios y objetivos institucionales.

Lealtad: Fidelidad, enmarcada en los valores y principios de la institución.

Diligencia: Ejercicio de sus funciones de manera eficaz y oportuna, buscando cumplir adecuadamente los propósitos empresariales de FONDUC y atendiendo oportunamente las necesidades y expectativas de los asociados y usuarios.

Transparencia: Actuación de manera clara frente al mercado, los usuarios y los asociados.

Equidad: Tratamiento objetivo e imparcial a los asociados durante la vinculación y la posterior prestación del servicio, evitando tratamientos injustificadamente diferenciales.

POLITICA PARA LA PREVENCION DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINACIAMIENTO DEL TERRORISMO LA/FT

COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., dedicada la Prestación de Servicios integral en seguridad y Vigilancia Privada, en concordancia con la política de calidad,está comprometida a brindar seguridad y confianza; para lo cual ha establecido el Sistema Integral de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SIPLAFT), el cual divulgara con el fin de asegurar que sea entendido, implementado y mantenido en todos sus niveles, impulsando la cultura de prevención del riesgo, ofreciendo una operación transparente, confiable y oportuna.

COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., como parte de la implementación del SIPLAFT, ha establecido las siguientes :
1). No prestar el nombre de la empresa para realizar negocios o movimientos de dinero de terceros.
2). Dudar de cualquier propuesta de negocio que represente rentabilidades injustificadas e injustificables.
3). Dudar de proveedores que suministren productos a precios menores o iguales que su costo, e incluso a precios mucho menores que los normalmente ofrecidos en el mercado.
4). Para todos los pagos por transferencia y cheque,únicamente transferir o girar a nombre del beneficiario del pago.
5) Dejar evidencia completa y suficiente de todas las transacciones de los productos financieros.
6). Adoptar mecanismos que permitan tener plena identificación de la procedencia de los fondos que ingresan a la empresa.
7). Previo a la contratación con un cliente o proveedor solicitara la documentación que permita garantizar su procedencia.
8). efectuar visitas periódicas a las instalaciones del cliente, proveedores y contratistas.
9). . 10). Tener documentos soporte de la totalidad de operaciones con clientes, proveedores y contratistas.

Los aspectos generales descritos en esta política deben integrarse en todos los procedimientos relacionados con (pagos, adquisiciones, selección de personal, clientes, proveedores y contratistas).

3. PRINCIPIOS GENERALES

Los destinatarios del presente Código estarán obligados a cumplir no solamente la letra sino el espíritu de la Constitución y de las leyes de la Nación, las disposiciones y reglamentaciones que expidan las autoridades, las normas y las políticas fijadas por COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.

Las reglas de conducta y los manuales no sustituyen el buen criterio, la responsabilidad, el sentido común y la prudencia, indispensables para el mejor desempeño de sus funcionarios en la actividad que desarrollan, pero obviamente sus disposiciones son de obligatorio cumplimiento.

Todas las operaciones y actividades que realicen los directivos, funcionarios y colaboradores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. en su nombre, deberán estar regidos por los principios éticos establecidos en el presente Código.

En la medida en que todos los destinatarios del Código de Ética sean conscientes de sus responsabilidades y de sus obligaciones morales, legales, laborales, y las practiquen, se puede hay que afirmar que se está cumpliendo con los deberes frente a la comunidad, la empresa y el país, y la única forma de hacerlo es a través de la ejecución de un trabajo honesto, transparente y legítimo.

Por lo tanto, los directivos, funcionarios y colaboradores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. estarán obligados en todas sus actuaciones a:

a. Obrar con buena fe, con lealtad, con diligencia y cuidado, velando permanentemente por el respeto de las personas y el cumplimiento de la ley, y dando prelación en sus decisiones a los valores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.

b. No aconsejar o intervenir en situaciones que permitan, amparen o faciliten actos incorrectos, incluyendo aquellos que puedan utilizarse para confundir o sorprender la buena fe de terceros o usarse en forma contraria a los intereses legítimos de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., tales como, espionaje hurto, concierto para delinquir, incumplimiento de obligaciones laborales, sobornos y demás.

c. Comunicar oportunamente a sus superiores inmediatos todo hecho o irregularidad cometida por parte de otro funcionario o de un tercero, que afecte o pueda lesionar los intereses de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. y de sus clientes. Si el empleado prefiere conservar el anonimato para comunicar dicho hecho, puede hacerlo a través del siguiente procedimiento.

4. DISPOSICIONES PARTICULARES

Los destinatarios del presente Código deberán respetar y cumplir lo siguiente:

a. En el ejercicio de sus funciones: Deberán mantener la mayor objetividad, independencia y conocimiento en la toma decisiones, actuando con buena fe y en cumplimiento de la ley.

b. Reserva de información: Deberán guardar reserva y discreción sobre los datos de operadores y clientes, que conozcan en desarrollo de sus funciones y labores, evitando que se deriven perjuicios con la divulgación de ciertos aspectos que por razones contractuales, personales o legales no deben ser de libre acceso al público.

En desarrollo de lo anterior deberán abstenerse de:

Proporcionar información o suministrar documentación o información de las operaciones, clientes, bases de datos de la empresa COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. a terceros, salvo cuando sea requerida por Autoridades Estatales, la cual debe suministrarse por el Oficial de Cumplimiento

Comunicar o divulgar información reservada que pudiera dañar la imagen o el prestigio de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. o de terceras personas.

Información Privilegiada: Entendiendo como información privilegiada aquella información de carácter concreto constitutiva de secreto empresarial de la empresa COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. que no ha sido dada a conocer al público y que, de serlo, la habría tenido en cuenta una persona prudente para tomar una decisión, por lo que los destinatarios del presente Código deberán abstenerse de:

a. Realizar cualquier operación en provecho propio o de terceros utilizando información privilegiada de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. o de sus proveedores, socios o similares.

b. Suministrar o vender a un tercero, información que no tenga derecho a recibir.

Conflictos de Interés: Se presentan cuando los intereses personales o de un tercero compiten con los intereses de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., por lo que, cuando se presenten conflictos de interés deberán abstenerse de:

a. Participar en actividades, negocios u operaciones contrarios a la ley, los intereses de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. o que puedan perjudicar el cumplimiento de sus deberes, responsabilidades y afectar el buen nombre de la empresa

b. Realizar cualquier negocio u operación con fundamento en sentimientos de amistad o enemistad.

c. Abusar de su condición de directivo, funcionario o colaborador de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. para obtener beneficios, para sí o para terceros, relacionados con los productos o servicios que presta COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. , ni para obtener beneficios personales de proveedores, contratistas, operadores o clientes.

d. Participar en actividades externas que interfieran con el horario de trabajo, con su rendimiento o con el cumplimiento de sus labores, salvo autorización de la Gerencia de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA..

En el evento en que se presente una situación en la cual los intereses particulares de los destinatarios del presente Código se enfrenten con los de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. en actividades personales o en el trato con terceros, ya sean proveedores, contratistas, clientes u otros, de tal manera que se afecte la libertad e independencia en la decisión, deberá analizarse la operación con base en las normas legales que la rigen, los manuales y procedimientos establecidos por COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. e informar al superior jerárquico antes de tomar cualquier decisión.

PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO: Deberán asegurar el cumplimiento de las normas encaminadas a prevenir y controlar el LA/FT, para lo cual deberán tener en cuenta lo siguiente:

Velar por que todos los funcionarios vinculados a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. reúnan requisitos de calidad y carácter tales que haya siempre una integridad moral reconocida y una actividad lícita y transparente.

b. Cuando se conozca información sobre la actividad sospechosa de un cliente, proveedor, socio, y se considere que no se debe extender la relación contractual entre éste y COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., debe darse aviso inmediato al Oficial de Cumplimiento con el fin de unificar el criterio, prevenir repercusiones desfavorables y enviar los reportes ROS a la UIAF y demás autoridades competentes.

c. Anteponer la observancia de los principios éticos al logro de las metas, considerando que es primordial generar una cultura orientada a cumplir y hacer cumplir las normas establecidas para la prevención y detección del lavado de activos y financiación del terrorismo.

d. Los empleados, funcionarios y colaboradores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. que intervengan en la autorización, ejecución y revisión de contratos, pagos y operaciones deberán utilizar los mecanismos e instrumentos establecidos en el manual SIPLAFT de la compañía para tales efectos.

Confidencialidad: Deberán mantener la debida reserva sobre los documentos de trabajo y la información confidencial que esté a su cuidado. Por tanto, deberán controlar y evitar que en cualquiera de las instancias o dependencias de la compañía se haga uso indebido de dicha información o que la misma sea conocida por personas que no tengan autorización para ello.

Así mismo, no revelarán a terceras personas las tecnologías, metodologías, y secretos estratégicos que pertenezcan a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. a los que haya tenido acceso con ocasión de su cargo. Igualmente, no obtendrán ni intentarán el acceso a información que represente secreto estratégico en forma ilegítima.

Estas obligaciones continuaran incluso después de su desvinculación a la compañía.

Uso Adecuado de Recursos: Deberán dar uso adecuado y racional a su tiempo, las herramientas, los equipos y demás elementos de trabajo de la compañía. Se garantiza el derecho a la privacidad siempre que la utilización de la infraestructura de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. obedezca exclusivamente a asuntos de carácter laboral, o una utilización diferente autorizada por la entidad.

Relación con las Autoridades: Las relaciones de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. con las demás entidades gubernamentales y autoridades deberán conducirse dentro del marco de la ley y bajo los principios descritos en el presente Código de Ética y Conducta.

Relaciones en el Ambiente de Trabajo: Las relaciones en el ambiente de trabajo deberán enmarcarse bajo normas de cortesía y respeto. Así mismo, deberán buscar que predomine el espíritu de colaboración, trabajo en equipo y lealtad, dando estricto cumplimiento a las normas señaladas por el Reglamento Interno de Trabajo de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. y el presente Código de Ética y Conducta.

Soborno y Corrupción: Los intereses de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. serán mejor atendidos cuando sus decisiones estén basadas en criterios contractuales y no influidas por factores tales como regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos tendientes a obtener resultados para los destinatarios del presente Código de Ética y Conducta.

En consecuencia, los directivos, funcionarios y colaboradores de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. no podrán dar, ofrecer o aceptar, en forma directa o indirecta, regalos, favores, donaciones, invitaciones, viajes o pagos en desarrollo de las actividades realizadas en la compañía, que puedan influir en sus decisiones para facilitar operaciones en beneficio propio o de terceros.

5. PREVENCIÓN DE ACTOS INCORRECTOS

COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. tiene el firme propósito de optimizar sus recursos mediante la identificación, análisis y administración proactiva de riesgos a que está expuesto. Por lo tanto, los directivos, funcionarios y colaboradores deben tener una actitud preventiva, identificando riesgos potenciales en los procesos a su cargo.

Así mismo, deben realizar los esfuerzos necesarios para ejercer control en la totalidad de las operaciones a su cargo, de acuerdo con la ley y las mejores prácticas administrativas. Los directivos, funcionarios y colaboradores deben velar porque los controles definidos sean cumplidos, y que la cultura de autocontrol sea irradiada en la organización.

Los destinatarios de este código deben comprender la legislación, la regulación concordante y en general la normatividad externa e interna de prevención y control de LA /FT que están obligados a cumplir en sus áreas de trabajo; adicionalmente, deben asumir su responsabilidad por los bienes, recursos y procesos que son asignados a su cargo.

Por último, todas las sospechas de actos incorrectos deben reportarse de manera oportuna por los canales dispuestos para ello por COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., y debe colaborarse con las eventuales investigaciones de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. y de las autoridades, contestando sus requerimientos con la totalidad de los hechos y la verdad, en cumplimiento del deber legal que compete a todo ciudadano.

5.1 Descripción de actos incorrectos

Se entiende por acto incorrecto el incumplimiento de las normas legales y específicamente con las normas de Prevención contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo (LA/FT) y otras actividades ilícitas, tales como, el Contrabando, el Narcotráfico, como también, el incumplimiento de las disposiciones generales y particulares de este Código de Ética y Conducta, así como cualquier intento o actuación de un directivo, funcionario o colaborador de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. de obtener un provecho indebido para sí mismo o para terceros, abusando de su posición, y aquellos que puedan utilizarse para confundir o sorprender la buena fe de terceros o usarse en forma contraria a los intereses legítimos de LA EMPRESA COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.. Los actos incorrectos pueden involucrar a empleados, ex empleados, proveedores, directivos, socios, clientes, entre otros.

5.2 Categorías de Actos Incorrectos

a. Apropiación indebida de recursos, incluida la información y en esta categoría se incluyen, entre otros:

- hurto en sus distintas clasificaciones
- abuso de confianza
- desviación o uso indebido de información privilegiada
- malversación y destinación diferente de recursos

b. Malversación de activos, se define como el acto intencional o culposo de disponer de los activos de la empresa o aquellos por los cuales ésta sea responsable, en beneficio propio o de terceros; de tal manera que ello cause un detrimento y esta malversación comprende:

- Apropiación física de bienes, sin la respectiva autorización
- Apropiación de dinero o similares, así sea de manera temporal
- Realización de gastos no autorizados, en beneficio propio o de terceros
- En general, toda apropiación, desviación o uso de los bienes de propiedad o bajo responsabilidad de la entidad para ser destinados a fines diferentes de aquellos para los cuales hayan sido específicamente adquiridos o recibidos.

c. Corrupción, definida como el requerimiento, aceptación, ofrecimiento u otorgamiento, por o hacia un directivo, funcionario o colaborador de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas de cualquier clase para sí mismo o para otra persona, a cambio de la realización u omisión de cualquier acto relacionado con su trabajo, tales como:

- Aceptación de un beneficio personal o para terceros como forma de influenciar una decisión administrativa.
- Cualquier pago hecho a un empleado de parte de un tercero a cambio de un tratamiento favorable a este último.
- Aceptación de dádivas, regalos e invitaciones de cualquier naturaleza de terceras partes con las cuales COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. tiene relaciones contractuales.
- Sobornos a funcionarios públicos o privados por realizar una determinada acción u omitir una actuación.

d. Falsos reportes, tendientes a distorsionar la realidad del desempeño propio o de terceros. Incluye la supresión de información material y otros casos como:

- Suministro de información falsa para encubrir desempeño deficiente o para acceder a bonificaciones.
- Realizar falsos reportes para engañar a COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA. o a las autoridades estatales.

e. Incumplimiento de obligaciones legales.

- Presentación de falsos reportes de cumplimiento de regulaciones legales
- Ocultamiento deliberado de violaciones legales

f. Abuso tecnológico, incluyendo el acceso no autorizado a sistemas de cómputo, violación de Licencias de software, implantación de virus u otro código dañino, o cualquier tipo de sabotaje

6. CANALES DE INFORMACIÓN

Este Código contiene unos lineamientos generales que permitirán evaluar gran parte de las situaciones a las que se podrían enfrentar los destinatarios del presente Código, pero no detalla necesariamente todos los problemas que pueden surgir en su día a día.

De este modo, eventualmente, podrán surgir dudas sobre cuál debe ser la conducta a seguir, en estos casos se deberá consultar al superior jerárquico antes de tomar cualquier decisión o con el Oficial de CUMPLIMIENTO.

POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL

COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA., es consciente de su responsabilidad de proporcionar un ambiente laboral sano, implementa mecanismos que prevengan toda forma de discriminación y conductas que se puedan considerar hostigamiento, coerción, alteración o cualquier conducta que constituya acoso laboral, con la participación de los directivos, empleados, trabajadores en misión y contratistas, mediante la intervención del Comité De Convivencia Laboral, según Resoluciones No. 652 y 1356 de 2012. La empresa se compromete a:

Prevenir las conductas del acoso laboral y a defender el derecho de todos(as) los(as) colaboradores(as) a ser tratados con dignidad.

No permitir ningún comportamiento que sea amenazador, abusivo, intimidante, explotador o sexualmente coercitivo, incluyendo gestos, lenguaje y contacto físico en el lugar de trabajo o donde sea aplicable.

Facilitar e impulsar todas las acciones encaminadas a la prevención del acoso laboral, ya que causa una mejora del clima laboral y el desempeño de las personas, así como favorecer los espacios de participación y consulta, teniendo en cuenta las ideas del capital humano.

Esta política será publicada, divulgada y actualizada cada vez que la empresa lo considere pertinente. De igual manera estará disponible a todas las partes interesadas.

Es de obligatorio cumplimiento y adoptara medidas disciplinarias según el mecanismo de prevención de acoso laboral contemplado en el Capítulo XV del Reglamento Interno de Trabajo de COMPAS SECURITY ZOMAC LTDA.

Comuníquese y cúmplase a los 6 días del mes de enero del año 2021.